El secretario general de la Asociación Española de Banca (AEB), Javier Rodríguez Pellitero, ha advertido sobre la posibilidad de que la nueva Autoridad para el Cliente Financiero sea inconstitucional, tanto por la invasión de competencias en materia judicial como por la tasa de 250 euros que los bancos tendrían que abonar cada vez que se acepte a trámite una reclamación de un cliente.
Rodríguez Pellitero ha comparecido en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital del Congreso, precisamente para posicionarse en torno al proyecto de ley por el que se crea la autoridad administrativa independiente de defensa del cliente financiero, que se encuentra actualmente en tramitación parlamentaria.
Sin embargo, ha indicado que el organismo puede incurrir en inconstitucionalidad por dos motivos. El primero es por la vulneración del artículo 117 de la Constitución, referido a la exclusividad e integridad de la función jurisdiccional.
El dirigente de la AEB cree que con esta autoridad existe «un riesgo» de vulneración al atribuir a esta entidad competencias «tan intensas en el ámbito judicial». «Se puede llegar a traspasar ese límite», ha advertido el secretario general de AEB. De hecho, ha echado en falta en el anteproyecto de ley un informe del Consejo General del Poder Judicial para pronunciarse al ámbito de actuación del nuevo organismo.
LA TASA POR RECLAMACIÓN NO TIENE SENTIDO
Por otro lado, el representante de la banca se ha pronunciado sobre la tasa de 250 euros que los bancos tendrán que abonar por cada reclamación de un cliente admitida. Para el secretario de AEB esto «no tiene ningún sentido» y también puede llegar a ser inconstitucional.
A su juicio, esto podría conllevar un efecto perverso añadido provocada por la «industria del pleito» contra la banca. Esta industria del pleito a la que hace referencia Pellitero es la conformada por abogados de clientes que insisten en mantener litigios con la banca para su propio beneficio.
En este sentido, el secretario de la patronal ha indicado que en el caso de que un grupo de clientes articule una campaña de reclamación contra una comisión de mantenimiento de una entidad de, por ejemplo, 80 euros, y que sea «perfectamente lícita», a la entidad no le va a interesar defender cada caso, ya que le supondría abonar por cada caso 250 euros.
Esto, ha explicado Pellitero, implica una situación de «imposibilidad de racionalidad económica» de poder defender su posición, lo que explica la posible inconstitucionalidad de la tasa.
RIESGO DE UNA MAYOR JUDICIALIZACIÓN DE LAS RECLAMACIONES
El principal objeto de este nuevo organismo pasa por resolver de manera extrajudicial conflictos entre las entidades financieras y sus clientes. Sin embargo, Pellitero observa que lejos de alcanzar este objetivo lo que podría incurrir es un riesgo de entorpecer las reclamaciones y de judicializarlas, tal como ha sucedido en Reino Unido a raíz de un organismo similar al planteado en España, según ha explicado.
Además, Javier Rodríguez Pellitero ha indicado que a este posible aumento de reclamaciones se suma un incremento del personal del propio organismo, lo que conlleva evidentemente a un aumento del persona y el correspondiente gasto público.
Por otro lado, el secretario general de AEB ha señalado que el sistema de reclamaciones actual, que se divide en dos niveles de actuación, funciona «razonablemente bien».
Prueba de ello es que, del total de reclamaciones presentadas a los bancos, solo el 10% del total llega a los servicios de reclamaciones de los supervisores, que corresponde al segundo nivel del sistema. «La mayor parte de los clientes obtienen satisfacción en el propio servicio de reclamaciones de la entidad», ha remarcado Pellitero.