El Tribunal General de la UE (TGUE) ha desestimado este viernes el recurso presentado por la compañía matriz de TikTok, ByteDance, que buscaba eludir las normas digitales comunitarias más estrictas al ser una de las seis plataformas designadas por la Comisión Europea como «guardianes de acceso».
El Ejecutivo comunitario anunció en septiembre de 2023 que Alphabet, Amazon, Apple, ByteDance, Meta y Microsoft serían las seis grandes plataformas que, de acuerdo a las nuevas reglas para el mercado digital, deben ser consideradas «guardianes de acceso» a servicios básicos y, por tanto, deberían someterse a las normas más estrictas para evitar prácticas abusivas que limiten la competencia de tecnológicas más pequeñas.
Dos meses después de darse a conocer la decisión de Bruselas, ByteDance interpuso un recurso de anulación contra esta resolución y, mediante un escrito separado, presentó una demanda de medidas provisionales solicitando la suspensión de dicha decisión.
ByteDance alegó, entre otras cosas, que la ejecución inmediata de la decisión de la Comisión suponía el riesgo de provocar la divulgación de información altamente estratégica relativa a las prácticas de elaboración de perfiles de usuario de TikTok, que no es de dominio público.
La compañía argumentó que esta divulgación permitiría a los competidores de TikTok obtener información sobre estrategias de negocio de la plataforma de una manera que dañaría significativamente su negocio.
Sin embargo, mediante su auto de este viernes, el TGUE –tribunal en primera instancia del TJUE– ha desestimado la demanda de la sociedad china por considerar que ByteDance no ha demostrado que exista un riesgo real de divulgación de información confidencial o que esto pueda dar lugar a un perjuicio grave e irreparable para la plataforma.