Fedea pide mejorar la seguridad jurídica en la contratación laboral y en el despido

Por Redacción

La Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) considera que hay aspectos mejorables en la reforma laboral pactada de 2021 que contribuirían a que la caída de la temporalidad «contractual» viniera acompañada de una disminución real de la precariedad y la inestabilidad laboral.

En este sentido, Fedea propone mejorar la certidumbre y seguridad jurídica tanto en la contratación laboral como en la extinción del contrato, así como la introducción de un sistema de cuentas individuales para todos los trabajadores.

Estas medidas, junto con algunas otras, forman parte de las reformas que Fedea considera necesarias para que España pueda afrontar con éxito en las próximas décadas los retos de la revolución digital y el envejecimiento poblacional.

En este trabajo, elaborado por José Ignacio Conde-Ruiz y Jesús Lahera, miembros de Fedea, los autores señalan que, tras casi año y medio de aplicación de la reforma laboral pactada de 2021, hay aspectos «claramente positivos y otros preocupantes».

En el lado positivo, Fedea reconoce que la reforma laboral está acercando a España «rápidamente» a la media europea de contratos temporales y está siendo «la más efectiva» para reducir la temporalidad contractual de todas las reformas llevadas a cabo hasta la fecha en países con problemas similares.

Sin embargo, Fedea aprecia elementos «preocupantes», como el estancamiento de la temporalidad en el sector público y la aparición de «indicios» de que la caída de la temporalidad contractual no está viniendo acompañada, del todo, de una reducción de la precariedad laboral real.

«Hay un segmento de los trabajadores que, a pesar de que su contrato ahora tiene la etiqueta de indefinido, sigue siendo muy precario cuando miramos al número de días trabajados, a su salario, al tipo de jornada y a los elevados periodos de inactividad que presentan», avisa Fedea.

MAYOR CERTIDUMBRE Y SEGURIDAD JURÍDICA

Entre las mejoras del marco laboral que proponen los autores, se encuentra la de dar mayor certidumbre y seguridad jurídica en la contratación laboral, pues las nuevas reglas de contratación que introdujo la reforma de 2021 «están generando problemas de inseguridad jurídica que necesitarían una aclaración normativa o una jurisprudencia rápida».

Estos problemas, explica Fedea, se concentran en la frontera entre los nuevos contratos temporales de circunstancias de la producción y las distintas modalidades de fijos-discontinuos creadas con la reforma de 2021.

Por ello, Fedea reclama una nueva intervención legal, en lo posible acordada, para despejar algunas dudas interpretativas entre ambos contratos.

Para Fedea, también es necesaria una mayor certidumbre y seguridad jurídica en las causas objetivas económicas, organizativas, técnicas o de producción del despido, así como una mejora del procedimiento de extinción colectiva (ERE), que ahora computa trabajadores en cada centro de trabajo y en toda la empresa.

En este sentido, Fedea plantea que una posible solución a estos problemas podría ser la de extender a otros sectores el modelo que ha adoptado el sector de la construcción de un contrato indefinido con extinciones objetivas claras.

Así, Fedea aboga por o bien ofrecer cobertura legal expresa a la negociación colectiva sectorial estatal para adaptar la extinción objetiva de los contratos indefinidos a las singularidades de cada sector, dando naturaleza dispositiva a las causas organizativas, técnicas y productivas, o bien extender legalmente a otros sectores que lo soliciten el acuerdo social estatal alcanzado en el sector de la construcción.

En cuanto al procedimiento del despido colectivo, Fedea considera que habría que seguir la directiva europea que establece que la regulación ha de girar alrededor de extinciones por cada centro de trabajo y no en toda la empresa, con los umbrales allí definidos.

CUENTAS INDIVIDUALES

Fedea señala que la reforma laboral ha generalizado el uso de los contratos fijos-discontinuos, que ahora pueden usarse para muchas actividades: estacional, intermitente, adscrito a contratas o concesiones y empresas de trabajo temporal (ETT) o del sector público.

«Este contrato es muy flexible y no garantiza estabilidad al trabajador y está siendo usado en lugar de los tradicionales contratos temporales. Esto significa, que muchos trabajadores acaban causando bajas voluntarias del contrato tan pronto consiguen otro contrato más estable», apunta.

Al ser una baja voluntaria, estos trabajadores no son cubiertos por costes de despido y para ello, defiende Fedea, puede resultar «muy atractivo» contar con una cuenta individual, consistente en que el empresario, conjuntamente con el trabajador, depositaria un porcentaje del salario en una cuenta, a modo de adelanto de un porcentaje del coste de despido objetivo procedente.

Esta cuenta individual podría ser usada por el trabajador para muchas finalidades: cuando es despedido objetivamente de manera procedente, para invertir en su educación o formación o para cuando se jubila a modo de ahorro complementario para la jubilación.

Fedea aclara que estas cuentas individuales sufragarían sólo, parte o todo, el coste del despido objetivo procedente (20 días salario año) y no el diferencial con la indemnización del despido improcedente (33 días salario por año trabajado) o las mejoras pactadas en despidos colectivos, que serían a cargo siempre de la empresa.

Fedea aboga además por introducir más flexibilidad en el tiempo de trabajo, incluyendo jornadas y semanas reducidas en sectores específicos. No obstante, avisa de que el camino hacia jornadas laborales semanales de cuatro días «no está siendo, ni debe ser, el de la imposición legal», sino el de la adecuación a la productividad empresarial a través de la negociación colectiva o los pactos individuales con los trabajadores.

«Una Ley que impusiera esta fórmula de forma obligatoria y generalizada iría en contra de la heterogeneidad productiva, con muy probablemente el efecto indeseado de reducción de salarios en los sectores con menor capacidad de adaptación a este sistema», avisa.

Ante el desplazamiento de trabajadores al desempleo que implicará la revolución tecnológica, Fedea señala que se necesitarán políticas pasivas «que tengan fuertes incentivos a la búsqueda de empleo».

Según Fedea, la pérdida (o caída) del subsidio si se acepta un empleo hace que muchos perceptores no quieran aceptar trabajos, sobre todo si estos son de carácter temporal o a jornada parcial.

«Es fundamental cambiar el diseño de las prestaciones asistenciales para introducir incentivos a buscar empleo, haciendo compatible la percepción de la prestación (al menos una parte) con el salario», defiende Fedea.

JUBILACIÓN COMPATIBLE CON UN SALARIO

Por último, el organismo denuncia que la regulación de la jubilación en España es «drástica, sin apenas pasarelas de transición gradual entre la etapa de trabajador y la de pensionista», y, además, es, por regla general, incompatible con el trabajo retribuido.

A su juicio, debe superarse la concepción clásica de la jubilación y caminar hacia modelos de jubilación distintos, «mucho más graduales, flexibles y compatibles con el trabajo retribuido, por cuenta ajena o autónomo, sin límites de ingresos».

Así, Fedea propone regular con incentivos los acuerdos de jubilación parcial, facilitar la jubilación activa desde el empleo y flexible desde la retirada del mercado laboral, y dejar de topar las rentas adicionales de los jubilados.

A su vez, pide un nuevo contrato de trabajo compatible, con reglas específicas que, sin discriminar por edad, tengan en cuenta que ya el pensionista está cubierto por una renta pública, «lo que puede descartar, en estos supuestos, una indemnización por despido».