Cuando llegan las vacaciones, visitar la piscina es una de las primeras opciones para un día de máxima relajación y disfrute. En caso de elegir la piscina comunitaria, que forma parte de la residencia domiciliaria, hay que conocer las normas sobre el uso de las instalaciones, para evitar contratiempos.
Mientras que, en situaciones de mayor complejidad, lo recomendable es solicitar asesoría legal. Bazán Abogados cuenta con un equipo de abogados especialistas en comunidades de vecinos, que ponen a disposición sus conocimientos y experiencia. Solicitar sus servicios significa contar con garantía y un trato profesional, así como con la mejor orientación y solución para resolver cualquier conflicto.
Bazán Abogados resuelve algunas dudas sobre el uso de las piscinas comunitarias y la utilización por parte de los vecinos.
Las piscinas comunitarias y el uso por vecinos morosos
Una de las circunstancias que comúnmente crea conflictos entre los vecinos es el disfrute de las instalaciones de uso común por parte un vecino moroso, teniendo en consideración que el mantenimiento del área requiere el pago puntual para su funcionamiento. Por esta razón, se considera que quien no cumple con sus obligaciones, no puede reclamar derechos.
Sin embargo, solo se puede prohibir el uso de elementos comunes no esenciales, como la piscina, mediante la aprobación de normas estatutarias que deben de figurar inscritas en el Registro de la Propiedad.
Las piscinas comunitarias y el uso por inquilinos de piso en alquiler
Cuando la propiedad horizontal incluye piscina comunitaria, las controversias entre los habitantes suelen centrarse en torno al uso de esta área común por parte de los inquilinos que ocupan un piso alquilado. En estos casos, siempre que exista un contrato que cumpla la legalidad vigente, los inquilinos tienen los mismos derechos que los propietarios, mientras dure el contrato y cumpla con las obligaciones que se le atribuyen como vecino.
La regulación del uso de las piscinas comunitarias
Dentro de las propiedades horizontales, los estatutos dispuestos por la propia comunidad, en documento interno debidamente registrado, prevalecen sobre los detalles estipulados en la legislación. En el caso específico de las piscinas de uso común, estarían sujetas a las decisiones de los propietarios en cuanto a quien debe usarla o quien pudiera estar autorizado. En este sentido, es necesario regular los derechos y las obligaciones de cada miembro del conjunto habitacional, para lograr mejores relaciones entre ellos, partiendo del respeto por los espacios de uso común.
Las piscinas comunitarias se rigen por un marco normativo o reglamento interno, lo cual es una garantía para el buen uso y la convivencia entre los habitantes.