El FROB y el Banco de España amplían su colaboración para la resolución de entidades de crédito

Por Redacción

El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) y el Banco de España han prorrogado por cuatro años más su convenio de colaboración en materia de recuperación y resolución de entidades de crédito, al tiempo que han aprovechado para introducir algunas modificaciones, según publica este miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El FROB y el Banco de España suscribieron el 27 de noviembre de 2017 un convenio para fijar las bases sobre las que se articularía la colaboración entre ambas instituciones para desarrollar más eficazmente las competencias que tienen atribuidas por el ordenamiento jurídico español y europeo en materia de recuperación y resolución de entidades de crédito.

El convenio tenía una duración de cuatro años, prorrogables por cuatro años adicionales. Dado el «alto grado de satisfacción obtenido en el cumplimiento de sus objetivos en un marco de máxima cooperación mutua y lealtad institucional», el FROB y el Banco de España han manifestado su voluntad de prorrogarlo por un nuevo periodo de cuatro años.

Además, han aprovechado para modificar algunas cláusulas, como la de protección de dato de carácter personal, para adecuarla a la normativa vigente.

Además, han suprimido la cláusula de seguimiento de la situación económico-financiera de las entidades participadas o administradas por el FROB, ante los avances en la gestión de los procesos de reestructuración y resolución y en las participaciones que el FROB mantiene como resultado de los mismos.

Así, ambas partes entienden que la colaboración en el intercambio de información está, actualmente, suficientemente cubierta por otras cláusulas del convenio.

El FROB y el Banco de España también han modificado otras cláusulas del convenio para incrementar la cooperación entre ambas autoridades, incluir determinadas mejoras técnicas y corregir erratas.