Viajando por nuestras autopistas y carreteras, hemos podido comprobar que una gran mayoría de los conductores eligen el carril de la izquierda para circular a una velocidad inferior a la limitada o de forma permanente, con lo que aquellos que circulan más deprisa, tienen que infringir las normas de circulación y adelantar por el carril de la derecha, porque, aún haciéndoles señales con los faros y con los intermitentes, ellos siguen a su “tran tran” por el carril izquierdo de la autovía o autopista, como si se lo hubieran comprado para sí mismos. No podemos por menos que recordar, aunque debería ser obvio, que en España se circula por la derecha, esto es, por el carril más a la derecha de nuestras autopistas y autovías, dejando el carril izquierdo únicamente para adelantar y que, una vez rebasado el vehículo adelantado, se debe volver y continuar la marcha por el carril más a la derecha de la vía.
Por fin, la Dirección General de Tráfico, ha tomado cartas a en este asunto, y considera la circulación permanente de automóviles por el carril izquierdo como una infracción, por lo que desde ahora quienes así circulen serán sancionados con multas desde 80 a 200 euros. No obstante, al tomar la decisión de sancionar a estos conductores que van por el carril izquierdo, sugerimos que se recuerde de vez en cuando, por medio de los paneles luminosos de las carreteras, para una mayor información al conductor, este tipo de infracción y la sanción que puede corresponder a quienes la practiquen, tomándose en serio lo que dice el Reglamento de Circulación, sobre cómo se debe circular y hacer unas campañas informativas sobre ello.
Estamos seguros de que si se lleva a cabo la correspondiente vigilancia de las autovías y autopistas españolas con helicópteros o drones, ello redundará en una mejor y más fluida circulación y, también, en una mayor seguridad vial.