Luz verde a la Ley Rider europea

Por Redacción

Los Veintisiete han dado este lunes luz verde final a la ‘Ley Rider’ europea, la primera norma comunitaria que aclara el estatus laboral de los trabajadores de plataformas de reparto a domicilio, como Glovo, Uber Eats, Just Eat o Deliveroo, y que permitirá corregir el falso trabajo por cuenta propia para garantizar unas mejores condiciones laborales.

El Consejo ha adoptado así el acuerdo provisional alcanzado el pasado 8 de febrero con los negociadores del Parlamento Europeo sobre la directiva sobre el trabajo en plataformas tras dos intentos fallidos previos, debido a la reticencias de Estados miembro como Alemania o Francia.

Para atender a las preocupaciones de estas capitales, el texto final de esta norma rebajaba la ambición inicial, algo que según señaló ya en marzo la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, implica que «no es un acuerdo perfecto» y «no entusiasma», ya que puede dar lugar a una protección «desigual» de los trabajadores, pero lo apoyó, no obstante, porque prefería situarse del lado de «la Europa que avanza» frente a «la que bloquea».

Ahora que se han completado los pasos formales de la adopción, los Estados miembro tendrán dos años para incorporar las disposiciones de la directiva a su legislación nacional.

Según el acuerdo, los Estados miembro deberán establecer una presunción legal de empleo en sus sistemas legales que se activará cuando se encuentren hechos que indiquen control y dirección que se determinarán de conformidad con la legislación nacional y los convenios colectivos, teniendo en cuenta la jurisprudencia de la UE.

Además, los trabajadores de plataformas digitales, sus representantes o las autoridades nacionales podrán invocar esta presunción legal y alegar que están mal clasificados, mientras que corresponderá a la plataforma digital acreditar que no existe relación laboral.

REGULACIÓN DEL USO DEL ALGORITMO

La norma también garantiza que los trabajadores estén debidamente informados sobre el uso de sistemas automatizados de seguimiento y toma de decisiones sobre su contratación, sus condiciones de trabajo y sus ingresos, entre otras cosas.

También prohíbe el uso de sistemas automatizados de seguimiento o toma de decisiones para el tratamiento de determinado tipo de datos personales de las personas que realizan trabajos en plataformas, como datos biométricos o su estado emocional o psicológico.

Asimismo, garantiza la supervisión y evaluación humana de las decisiones automatizadas, incluido el derecho a que dichas decisiones sean explicadas y revisadas.