Las embarcaciones de lista 6ª son aquellas que están destinados al alquiler o chárter náutico. Ante su cualidad de transporte de pasajeros están sujetas al cumplimiento del Seguro Obligatorio para Viajeros, mejor conocido por sus siglas SOV, al igual que lo están las líneas regulares. Sobre este tema, la compañía El Seguro de Mi Barco con una dilatada experiencia en el sector de los seguros marítimos, explica que el SOV está regulado por el Estado español, mediante un reglamento establecido en el Real Decreto 1575/1989, del 22 de diciembre.
Este obliga a todas las empresas de barcos de transporte marítimo, regulares o no, a contratar dicho seguro para la cobertura de todos los pasajeros.
Garantía del seguro
En términos generales, el SOV garantiza asistencia sanitaria e indemnizaciones por los daños personales que podrían sufrir los viajeros en caso de que se produzca algún accidente durante el traslado. Además, el Seguro de Mi Barco explica que esta póliza cubre los trayectos que comiencen dentro de cualquier puerto de España. Cuando se trata de un barco de línea regular, es importante que los viajeros conserven el billete, ya que en sí mismo representa la garantía de estar cubierto por el seguro. En cambio, en el caso de los barcos de alquiler o chárter náutico debidamente matriculados en la lista 6ª, la garantía de la póliza es el contrato. También cabe destacar que en cualquiera de las embarcaciones, los menores de edad están cubiertos por el SOV, aunque no paguen billete.
Asistencia e indemnizaciones
El Seguro de Mi Barco precisa que el SOV cubre asistencia sanitaria en caso de accidente, hasta las 72 horas después del suceso. También incluye un amplio baremo de indemnizaciones por concepto de incapacidad temporal o permanente, así como compensaciones por fallecimiento. En este último caso, los beneficiarios pueden recibir la indemnización siempre y cuando exista una causa directa y la muerte se produzca en un plazo máximo de 18 meses después del accidente.
Compensaciones para los lesionados
En lo concerniente a las compensaciones, El Seguro de Mi Barco menciona que están fijadas con claridad en el Real Decreto correspondiente. En ese sentido, hay que mencionar que la Ley establece un total de 14 categorías, que van desde heridas leves hasta lesiones graves. Cada renglón engloba una variedad de traumatismos que podrían sufrir los pasajeros debido a un accidente marítimo.
Además, el valor de las indemnizaciones se establece en función de estas categorías y la suma puede ir desde los 1.200 hasta los 42.000 euros, en los casos más severos.
En conclusión, el SOV es un requisito obligatorio para todas las embarcaciones destinadas al transporte de pasajeros, tanto si pertenecen a una línea regular como si se trata de un barco de la lista 6ª. Esto ayuda a garantizar la asistencia apropiada a las posibles víctimas de un siniestro en el mar.