La inversión en bienes inmuebles pasa indefectiblemente por el alquiler. En este sentido, la firma de consultoría inmobiliaria Vaello Legal ofrece sus servicios para orientar a los interesados en la mejor opción para arrendar, de acuerdo con sus necesidades.
Tipos de arrendamiento
Básicamente, en Barcelona hay 4 tipos de alquiler: el permanente, a partir de un año; de temporada, más de un mes y menos de un año; por habitaciones; y el turístico.
A continuación, se exponen las ventajas e inconvenientes de cada uno de estos alquileres.
Arrendamiento de vivienda a largo plazo
En el alquiler permanente, el contrato mínimo es de un año, pero el inquilino tiene el derecho a alargarlo a 5 años si quiere, 7 si el propietario es una empresa.
Las ventajas es que este tipo de alquiler es muy estable, se sabe lo que se va a cobrar cada mes. También es el que suele generar menos trabajo y el que genera menos desgaste al inmueble, porque no es lo mismo que en 5 años esté ocupado por una sola persona, que si lo han ocupado 15. El inquilino paga los suministros, así que el propietario no tiene que preocuparse si hace un uso razonable del aire acondicionado o la calefacción, y él se encarga del mantenimiento. El propietario solo debe ocuparse de las cuestiones estructurales.
El conflicto suele surgir cuando algo se estropea y el propietario dice que es mantenimiento y el inquilino cree que es estructural, por ejemplo, si el piso se alquiló con lavadora y después de 1 años se estropea, el propietario puede decir que es porque el inquilino la ha usado mal, y el inquilino dirá que es porque cuando se le entregó ya no estaba en perfecto estado.
Los inconvenientes son que no se va a poder disponer de la vivienda para él mismo hasta al cabo de 5 años, o hasta que el inquilino decida irse voluntariamente, tampoco se va a poder subir el alquiler durante todo el tiempo que dure el contrato, solo la actualización anual del IPC. Si un inquilino es conflictivo, no se va a poder despedirlo hasta que termine el contrato, y que esta modalidad es la que menos rentabilidad ofrece. Está sometido a la LAU, que es muy pro-inquilino.
Arrendamiento de vivienda temporal
Después está lo que se llama alquiler de temporada y es cuando es más de un mes, pero menos de un año.
La ventaja de este alquiler es que se puede disponer de una vivienda más fácilmente, simplemente se tiene que esperar a que termine el contrato en vigor. Además, tiene más rentabilidad que el alquiler permanente. No está sometido a la Ley de Arrendamientos Urbanos, que es muy rígida y es pro-inquilino, es decir, concede más derechos al inquilino que al propietario. Es el tipo de alquiler perfecto, por ejemplo, para aquellas personas que quieren utilizar el piso solo una época determinada del año. Por ejemplo, alguien que solo viene a Barcelona en vacaciones, o gente que, viviendo en Barcelona, tiene que ausentarse una temporada corta y mientras tanto obtiene un dinero extra con el alquiler de su vivienda.
Las desventajas son que el piso tiene un desgaste mayor, hay más trabajo para buscar inquilino, va a tener menor ocupación, porque entre que se va un inquilino y entra uno nuevo puede haber un tiempo que el piso esté vacío, así que los ingresos son más inestables. Si se tiene un alquiler permanente, se sabe con gran exactitud lo que se ingresará ese año, pero en un alquiler de temporada es posible que esté ocupado casi todo el tiempo a un precio alto, o puede ser que esté un tiempo vacío; tampoco se sabe el precio al que se alquilará, ya que el mercado es dinámico y los precios varían en función del momento del año o de la situación económica. Se debe tener en cuenta que poner un piso en alquiler conlleva tenerlo en buenas condiciones, hacer fotos, poner un anuncio, hacer visitas, atender consultas, pedir referencias al futuro inquilino para saber solvencia y revisarlas, hacer el contrato, etc. Hay menos agencias que hagan este tipo de alquiler, estos inquilinos suelen ser más exigentes; normalmente, los suministros, si bien los paga el inquilino, al principio los debe abonar el propietario y luego reclamarlos al inquilino.
Arrendamiento por habitaciones
Luego está el alquiler por habitaciones, donde se alquilan los dormitorios y todos disfrutan de los espacios comunes que son el comedor, la cocina, el baño y, quizás, la terraza o el balcón, si es que lo tiene.
Este tipo de alquiler tiene ventajas como que no se está obligado a tener a todos los inquilinos durante 5 años como mínimo, no está sometido a la LAU, con todas las desventajas que conlleva para el propietario, y la rentabilidad es más alta que el alquiler a largo plazo, e incluso quizás también mayor que el de temporada.
Las desventajas es que el piso tiene un mayor desgaste y no hay muchas agencias que se dediquen a gestionar este tipo de alquileres. También se tendrá que gestionar, en algunas ocasiones, conflictos de convivencia que son totalmente ajenos.
Arrendamiento turístico
Finalmente, el alquiler turístico, es decir, por un tiempo inferior a un mes. Solo se puede hacer este tipo de alquiler si se tiene una licencia especial. Este alquiler tiene unas características muy concretas.
A grandes rasgos, se puede decir que en un alquiler de temporada se obtiene un 15-20 % más que en un alquiler permanente, en un alquiler por habitaciones bien gestionado sería un 20-30 %, y en un alquiler turístico un 30-40 % más.
El despacho de abogados inmobiliarios Vaello Legal está al servicio de los usuarios para ofrecer el asesoramiento que necesiten en relación con el alquiler de su vivienda.