Nadie prepara a las personas para vivir la muerte de un ser querido. Por eso, si lamentablemente se ha perdido a un familiar y no se está en un hospital, es de gran utilidad saber qué es lo que se tiene que hacer. Con la ayuda de la sede madrileña de Interfunerarias, a continuación se enumeran los pasos a seguir tras un fallecimiento, para que a quien le ocurra lo pueda tener un poco más fácil, al menos a la hora de actuar.
Llamar a emergencias
Hay que tener en cuenta que, en todos los casos, un médico tendrá que certificar el fallecimiento. Así que lo primero que se tiene que hacer es llamar al 112 para dar aviso de lo ocurrido y que el personal sanitario acuda al lugar. Mientras se espera su llegada, es importante no mover al fallecido y tratar de llamar a alguien para que acompañe en estos difíciles momentos.
El certificado médico de defunción o la autopsia
Si el médico confirma que las causas de la muerte son naturales, emitirá lo que se conoce como el certificado médico de defunción, documento con el cual se podrá continuar con el siguiente paso.
En cambio, si el facultativo considera que existen dudas alrededor de la muerte, dará aviso a la policía y, si los agentes comparten las mismas dudas, se le realizará una autopsia. Se hará en el Instituto Anatómico Forense y su coste es gratuito para la familia.
Contactar con la compañía de seguros o con la funeraria
A partir de este momento, comienzan algunos trámites que para la mayoría de las personas son muy difíciles de llevar a cabo, por el momento tan delicado que están pasando, pero que igualmente se deben realizar.
La primera de estas gestiones es la de averiguar si el fallecido tenía contratado un seguro de decesos. Si es así, habrá que llamar a la aseguradora, que se encargará de poner en marcha todo el proceso funerario con una de sus funerarias de confianza y teniendo en cuenta las coberturas contratadas.
En caso contrario, si no hay ningún seguro contratado, entonces será un familiar quien tenga que ponerse en contacto directamente con una funeraria para, en primer lugar, concretar los detalles del traslado. Adicionalmente, se pueden definir en estos momentos cuestiones como el ataúd, la lápida, la ceremonia o cualquier otra parte del servicio funerario.
Inscripción del fallecimiento en el Registro Civil
Sin dar este paso es imposible celebrar el sepelio. En otras palabras, el servicio fúnebre está supeditado a la inscripción de la muerte en el Registro Civil, que puede hacerse de forma presencial o por correo.
Otros trámites relevantes
Aparte, desde Interfunerarias recuerdan algunos trámites más que no son urgentes, pero sí importantes. Solicitar el certificado de últimas voluntades es uno de ellos y es a su vez lo primero que hay que hacer para saber si el fallecido ha dejado o no testamento.
El pago de los impuestos también hay que tenerlo en mente, concretamente el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal, en caso de que se haya heredado del fallecido algún inmueble.
Finalmente, cambiar de titularidad los contratos que estuvieran vigentes en el momento de la muerte es también un paso imprescindible que no hay que olvidar.