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El Tribunal de Justicia de la UE sentenció el mes de marzo que esta comisión puede constituir una cláusula abusiva
La Audiencia de Girona ha notificado recientemente sobre una sentencia pionera que afecta a todas las hipotecas firmadas en la provincia, la primera que recoge la reciente doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). «Afecta a todo el mundo que tenga una hipoteca y está relacionado con la comisión por apertura: casi todas las hipotecas cobran una comisión por apertura», apunta el abogado Lluís Ferrer, que ha llevado con éxito un caso en esta línea.
Asimismo el despacho de abogados Repara tu Deuda, referente en derecho Bancario, ha contemplado durante los últimos días un aluvión ingente y masivo de contactos de propietarios de hipotecas que desean recuperar el dinero que han pagado indebidamente en consecuencia de la comisión de apertura, comenta Alicia García, CEO de Repara tu Deuda.
El pasado 16 de marzo el TJUE sentenció que la comisión por apertura de una hipoteca no forma parte del objeto principal del contrato y, por lo tanto, puede analizarse si constituyó una cláusula abusiva, contrariamente a lo que estipula la jurisprudencia española. En este sentido, hace una semana se confirmó que esta sentencia era aplicable a la demarcación gerundense, un hecho destacable porque, sin ir más lejos, todavía no ha habido sentencia relativa a lugares como Madrid o Barcelona.
«Es una sentencia importante porque el Tribunal Europeo, en marzo, resolvió que esta comisión por apertura podría ser abusiva y, a partir de aquí, todo el mundo estaba expectante de cómo reaccionarían los tribunales españoles. Y uno de los primeros en hacerlo ha sido el de Girona». Se trata del caso de una clienta que, tal como ha dictaminado la Audiencia gerundense, ha sido víctima de una comisión por apertura abusiva. «Es abusiva porque no hay ninguna razón sobre el porqué se tiene que cobrar esta comisión, teniendo en cuenta que el banco ya cobra los intereses, que son muchos. La comisión por apertura es un invento que el banco crea para cobrar más en los consumidores, y tanto el Tribunal Europeo como la Audiencia Provincial de Girona dicen que es totalmente impertinente y abusiva», añade el letrado, que continúa: «Entre otras cosas, la Audiencia de Girona y el Tribunal Europeo dicen que si el banco cobra algo tiene que justificar que presta algún servicio, hecho que no pasa con la comisión por apertura, que el banco no lo puede justificar».
El caso proviene de un juzgado de la Bisbal d’Empordà que dio la razón a la usuaria y, a partir de aquí, y después del recurso de apelación presentado, también recibió la aceptación de la Audiencia Provincial de Girona. Las comisiones por apertura pueden tener costes diferentes que oscilan entre los 300 y 4.000 euros, a pesar de que lo más frecuente son las que tienen un valor de entre 600 y 1.000 euros.
Esta sentencia abre una nueva dimensión, tal como destacan profesionales del sector. Un caso es, por ejemplo, el de Repara tu Deuda, despacho de abogados líder en la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad y con un gran abanico de clientes afectados por cláusulas hipotecarias, que considera que «se abre la posibilidad de rescatar y cobrar mucho dinero de miles de personas». Se trata del primer despacho de abogados español que aplica la aprobada Ley de Segunda Oportunidad, que permite cancelar deudas contraídas con las entidades bancarias, de crédito y con terceros.
Fuente Comunicae